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Segregaciones Simples

Institución: Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial

Departamento: Dirección Nacional de Ventanilla Única

Otorgar el visto bueno necesario para el trámite de segregación de fincas, así como también revisar los planos en la etapa de inscripción y verificar que coincidan con los planos presentados de la finca. Del mismo modo, comprobar que el propietario de la finca haya cumplido con los requisitos necesarios para proceder a inscribir el/los lote(s) en el Registro Público de Panamá.

¿Qué necesito?
  • El escrito debe indicar los números de lotes a segregar

  • Solicitud formal en papel tamaño 81/2 x 13”, dirigida al Director(a) Nacional de Ventanilla Única del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, sometiendo aprobación de planos.

    La solicitud debe venir con sello y firma del profesional responsable y del propietario(a) o representante legal con el número de cédula y nombre.

  • Presentar plano catastral de referencia de la finca sobre la cual se efectúa la segregación

  • Certificado Original del Registro Público donde conste la existencia de la propiedad, datos de la propiedad a urbanizar (número de finca, tomo/rollo, folio/documento)

    valor de colindantes con sus datos catastrales, linderos y medidas, superficie, propietario o representante legal de la finca y gravámenes que tenga la propiedad, de pertenecer a alguna sociedad, presentar certificación de la misma.

  • Cuando la finca es propiedad del Banco Hipotecario Nacional, Municipios, Juntas Comunales, MEF o cualquier entidad pública, debe presentar sello y firma de la entidad correspondiente.

    (No necesita los requisitos del punto #4)

  • Copia de cédula del propietario y representante legal.

  • Presentar dos (2) copias en etapa de visto bueno para catastro y cuatro (4) copias para la etapa de inscripción con sello de la MAPOTECA de ANATI, “válido para trámites del MIVIOT”.

  • Cumplir con los demás requisitos establecidos en la legislación urbana vigente del Ministerio de Vivienda.

  • Según el caso, copia de sentencia de prescripción adquisitiva, juicio de sucesión, situaciones de hechos, etc.

Base Legal

Ley 6 de 01 – 02 – 06 (Ley de Urbanismo) Decreto 36 de 31 – 08 – 98

Dirección y Horario de atención
Dirección

Oficina Central del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial en Plaza Edison, Vía Ricardo J. Alfaro, puerta 8.