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Autorización de Permiso de Importación de Artículos Exonerados y Exoneración del Impuesto al Consumo de Combustible y Derivados de Petróleo

Institución: Ministerio de Comercio e Industrias

Las empresas que se dedican a la actividad bananera en el país, pueden llevar a cabo una solicitud de Permiso de Importación de Artículos Exonerados y Solicitud de Exoneración del Impuesto al Consumo de Combustible y Derivados de Petróleo, de acuerdo a lo establecido en la Ley No.16 de 18 de junio de 1993 y la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.

¿Qué necesito?
  • Ser empresa productora y exportadora de banano.

  • Aprobación mediante Resuelto Ministerial, para acogerse a los beneficios que otorga la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.

Base Legal

Ley No.16 de 18 de junio de 1993 y la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, Dirección Nacional del Banano Teléfono: (360-0679