ES / EN

Autorización para Operar como Compañía de Reaseguros

Institución: Ministerio de Comercio e Industrias

Trámite a través del cual se solicita una autorización para operar como compañía de reaseguros.

¿Qué necesito?
  • Poder y solicitud mediante abogado.

  • Certificación Actualizada expedida por el Registro Público cuando el Representante Legal sea una persona jurídica.

  • Presentar el estado de situación con cierre dentro de los noventa días anteriores a la fecha de solicitud, debidamente certificado por contador público autorizado. En caso de sociedades nuevas, será sustituido por un balance de apertura debidamente

  • Certificación del tesorero respecto a la identidad de los accionistas o socios y la proporción en que son o serán dueños del capital emitido y en circulación. Si los accionistas son personas jurídicas, esta certificación se hace extensiva hasta l

  • Presentar un informe técnico que contendrá lo siguiente:Políticas de suscripción en forma general;Composición de las carteras proyectadas de acuerdo con los siguientes criterios: Contratos proporcionales, no proporcionales y reaseguros facul

  • Hoja de Vida de cada uno de los Directores, Dignatarios y ejecutivos principales de la empresa, con suficientes detalles sobre la capacidad técnica de los ejecutivos principales.

  • Referencias bancarias y personales de los accionistas o de la Casa Matriz y de sus Directores, Dignatarios y Ejecutivos principales.

  • Referencias de otras empresas aseguradoras o reaseguradoras de renombrada reputación y solvencia, establecidas en el país de procedencia de la solicitante.

  • Nombre y referencia de las personas que actuarán como Apoderados Generales de la Empresa.

    Artículo 9 de la ley Nº. 63 (19 de septiembre de 1996).

  • Certificación de que ha sido debidamente autorizada para operar una sucursal en la República de Panamá en los ramos a los que se dedica en su país de origen.

  • Presentar copia autenticada de los estados financieros de los últimos tres años.

  • Borrador del pacto social en la cual debe constar el nombre, objetivos, directores, dignatarios, representante legal, domicilios, capital autorizado, emisión de las acciones nominativas, agente residente, suscriptores y demás elementos.

    Debe ser confeccionado por un abogado.

Observación

Nota:Las Compañías de Reaseguros autorizadas en la República de Panamá, pagarán un aporte anual de mil balboas (B/.1,000.00), a la Superintendencia para investigación, análisis técnicos, capacitación y otros servicios afines. Las Administradoras de Reaseguros y las Compañías de Corretaje de Reaseguros, pagarán por este mismo concepto la suma de trescientos balboas (B/.300.00).

Base Legal

LEY No. 63 (De 19 de septiembre de 1996): Por la cual se regulan las operaciones de reaseguros y las de las empresas dedicadas a esta actividad.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Área Bancaria, Superintendencia de Seguros y Reaseguros Teléfono: 214-7484