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Avalúo Específico de Bienes Inmuebles

Institución: Ministerio de Economía y Finanzas

Departamento: Dirección Nacional de Información Catastral y Avalúos

Este servicio tiene como propósito realizar los avalúos específicos (para valor catastral), a la fecha actual de la propiedad, solicitado por personas naturales y/o jurídicas. Realizado este trámite la finca se acoge a la tarifa progresiva combinada alternativa.

¿Qué necesito?
  • Cédula de identidad personal del Representante Legal de la Sociedad o de la persona designada por la junta directiva

  • Declaración Jurada y Poder

    Declaración Jurada del Tesorero de la sociedad solicitante, que contenga un listado con el nombre y cédula de las personas naturales que controlan el (100%) de las acciones o cuotas de participación al momento de la solicitud. Poder para los trámites pertinentes ante ASEP, copia de la cédula del Represntante Legal, certificado de Registro Público original donde conste la existencia de la sociedad.

  • Poder notariado otorgado a un abogado

  • Acta de Junta Directiva de la sociedad autorizando al Representante Legal u otra persona, para la realización del trámite.

  • Poder notariado otorgado por un abogado.

  • Certificación Original de la Personería jurídica donde conste la vigencia de la sociedad, directores, dignatarios y su representante legal, expedido por el Registro Público, con vigencia de 90 días.

  • Fotocopia de cédula de identidad personal del representante legal u otra persona designada por la junta directiva de la sociedad.

  • Personalmente su petición, y hacerlo constar en el Centro de Atención al Usuario o en la Oficina Regional respectiva.

  • Ser representado por un abogado, y su rúbrica deberá estar autenticada por Notario Público.

  • Certificación original del Registro Público, donde consten los datos de la finca: propietario, medidas, superficie, linderos, gravámenes, valor, colindantes y mejoras si las hubiere.

  • Personalmente su petición, y hacerlo constar en el Centro de Atención al Usuario (CAU) o en la oficina regional respectiva

    o bien; ser presentado por un abogado, y su rúbrica deberá estar autenticada por notario público.

  • Fotocopia de cédula de identidad personal

  • Certificación original del Registro Público, donde conste los datos de la finca: propietario, medidas, superficie, linderos, gravámenes, valor, colindantes y mejoras si las hubiere, con vigencia de 90 días.

  • Si existe algún gravamen, aportar consentimiento de titular del gravamen para la práctica de la experiencia de interés.

  • Memorial de solicitud dirigido al Ministro de Economía y Finanzas, en papel blanco bond 8 ½ X 13, a doble espacio, en el que conste nombre del solicitante, generales, número de finca, ubicación y descripción exacta del área objeto del avalúo. De

  • La petición debe indicar

    - La Causa del avalúo Específico, a saber: 1. Por levantar construcciones o introducir mejoras permanentes. 2. Por haber el inmueble desmejorado o perdido su valor. 3.Por demoler o eliminar las construcciones o mejoras permanentes. 4. Por segregar o dividir parte de un inmueble. 5. Por haber aumentado su valor. - La designación de un Perito de parte, con su respectivo número de cédula de identidad personal.

  • La designación de un perito de parte, con su respectivo número de cédula de identidad personal

  • Si existe algún gravamen, aportar consentimiento del titular del gravamen para la práctica de la experticia de interés.

  • Memorial de solicitud dirigido Administrador General de la ANATI

    en papel blanco bond 8 ½ X 13, a doble espacio, en el que conste nombre del solicitante, generales, números de finca, ubicación y descripción exacta del área objeto del avalúo. De constar mejoras en la propiedad deberá anotarse la fecha de construcción para poder determinar la edad efectiva. La petición debe indicar:  La causa del avalúo específico a saber:     por levantar construcciones o introducir mejoras permanentes.     por haber el inmueble desmejorado o perdido su valor.     por demoler o eliminar las construcciones o mejoras permanentes.     por segregar o dividir parte de un inmueble.     por haber aumentado su valor.    La designación de un perito de parte, con su respectivo número de cédula de identidad personal.

Observación


Tanto para el sector urbano como el rural, se pagarán gastos de manejo de documentación igual al pago por servicios profesionales de los peritos nombrados por la ANATI.

Costo de acuerdo al área y según tarifa vigente, a saber:

Fincas cuyo valor da igual o menor de B/.2,000,000.00:

Tarifa Mínima: B/.150.00. Tarifa a pagar =√valor catastral x 1

Fincas cuyo valor sea igual o mayor de B/.2,000,001.00

Tarifa a pagar = Tarifa a pagar =√valor catastral x 1.5

Base Legal

 Artículos 766-A, 780, 781, 782, 783, 784, 785 del Código Fiscal modificado por la Ley 49 de 2009, Ley 8 de 2010, Ley 59 de 2010.  Decreto ley 63 de 1973

Dirección y Horario de atención
Dirección

Departamento de Avalúo, PH Republic, Vía España (diagonal a la Iglesia del Carmen).