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Cuando el Acreedor Hipotecario no existe

Institución: Municipio de Panamá

Departamento: Departamento de Registro Vehicular

Normar la liberación de un vehículo de la hipoteca cuando el acreedor hipotecario al que pertenece ha cerrado operaciones.  

¿Qué necesito?
  • Carta de Autorización debidamente autenticada por Notario Público donde consten las firmas.

    Esta carta no puede ser alterada una vez sellada por el Notario.

  • Fotocopia de cédula de identidad personal del autorizado.

  • Certificación expedida por el MICI donde indique el cese de operaciones del acreedor hipotecario.

  • Certificación expedida por el Departamento de Vigilancia Fiscal del Municipio de Panamá, donde indique el cese de operaciones del acreedor hipotecario.

  • Certificación de Registro Público que indique que la sociedad ha sido disuelta y la fecha de disolución.

  • Certificación de Placa Única.

  • Declaración jurada notariada por parte del propietario del vehículo indicando las razones de la solicitud del trámite

Base Legal

Este procedimiento se rige en base al Decreto Alcaldicio 793 del 13 de Agosto del 2009.  

Dirección y Horario de atención
Dirección

Departamento de Registro Vehicular, Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.