ES / EN

Estudios de Impacto Ambiental Categoría I.

Institución: Ministerio de Ambiente

Departamento: Dirección de Evaluación y Ordenamiento Ambiental

El Estudio de Impacto Ambiental Categoría I, se constituirá en una declaración jurada debidamente notariada. El propósito de este estudio es garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales que genere el proyecto, como asi mismo la idoneidad técnica de las medidas propuestas para evitar, reducir, corregir, compensar y controlar los impactos adversos significativos.

¿Qué necesito?
  • Copia del certificado de inscripción en el Registro Forestal

  • Memorial petitorio dirigido al Administrador General del Ambiente (MIAMBIENTE).

    Memorial es un escrito dirigido a la autoridad competente.

  • La identificación de los impactos ambientales específicos, su carácter, grado de perturbación, importancia ambiental, riesgo de ocurrencia, extensión de área, duración y reversibilidad, entre otros.

  • Una declaración jurada del Promotor del proyecto correspondiente, confirmando la veracidad de la información presentada y que efectivamente el proyecto se ajusta a la normativa ambiental y/o no produce impactos ambientales negativos significativamente

  • La descripción del proyecto, en la que se indiquen sus características principales, localización, sus actividades en las etapas de planificación, construcción, operación y abandono, y los aspectos involucrados en cuanto a infraestructura, proceso p

  • La descripción del área de influencia del proyecto, considerando las características de los componentes del ambiente involucrados (ubicación geográfica, tipo de paisaje, elementos y valores naturales y humanos existentes, y grado de intervención an

Observación


Las actividades, obras o proyectos, públicos o privados, que por su naturaleza, características, efectos, ubicación o recursos pueden generar riesgo ambiental, requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución, de acuerdo con la reglamentación de la presente Ley. Estas actividades, obras o proyectos, deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, inclusive aquellos que se realice; en la cuenca del Canal y comarcas Indígena.

Base Legal

Documento aplicable a los proyectos incluidos en la lista taxativa prevista en el artículo 14 del decreto ejecutivo no. 59 de 16 de marzo de 2000, que no generan impactos ambientales significativos o cumplen con la normativa ambiental existente, y que no conllevan riesgos ambientales.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Dirección Nacional de Evaluación y Ordenamiento Ambiental. Sede Principal Edificio 804 Albrook, Panamá.