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Licencia de Corredor de Seguros

Institución: Ministerio de Comercio e Industrias

Departamento: Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá

Para optar por una licencia de corredor de seguros es necesario cumplir con los requisitos que se detallan a continuación, los cuales deben ser presentados para realizar el examen de conocimientos (en la sección de vida o generales). Luego de aprobar el examen y ser notificada a las Compañías de Seguros, el aspirante a corredor de seguros, tiene sesenta (60) días para presentar los documentos correspondiente al pago de la fianza por B/.10000.00* y B/.50.00 en concepto de pago de la tasa anual** .

¿Qué necesito?
  • Llenar el formulario.

  • Diploma de culminación de estudios secundarios

  • Solicitud de licencia de corredor de seguros en hoja de papel sellado o papel simple habilitado.

  • Ser ciudadano panameño domiciliado en la República de Panamá o extranjero que llene los requisitos del artículo 288 de la Constitución Política.

  • Juramentación de no ser empleado de compañía de reaseguros, instituciones bancarias, fiduciarias, financieras, crediticias y no ser ni ajustador ni inspector de averías.

  • Fianza por Diez Mil Balboas (B/.10, 000), a favor del Tesoro Nacional.

    Artículo 95 de la Ley 59 de 29 de julio de 1996.

  • Tasa Anual de Cincuenta Balboas (B/.50.00).

    Artículo 33 de la ley 59 de 29 de julio de 1996.

  • Presentar el certificado o diploma del curso de capacitación.

  • Dos certificaciones de buena conducta y honorabilidad expedidas por empresas aseguradoras o por miembros de los gremios profesionales de corredores de seguros.

Base Legal

Articulo 90 de la Ley 59 de 29 de julio de 1996.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Área Bancaria, Superintendencia de Seguros y Reaseguros