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Permisos de trabajos y obras en vía públicas grupo A.

Institución: Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre

Departamento: Departamento de Administración de Tránsito y Seguridad Vial

Aplica para el tránsito de todo equipo pesado que estará en la entrada y salida constante de camiones de cualquier tipo de proyecto de construcción, en el área regional de Panamá. Este trámite abarca los siguientes parámetros: Mantenimiento de líneas eléctricas, telefónicas y cables (aéreos y subterráneos), mantenimiento de vías y calles (asfalto, concreto), carga y descarga de contenedores (mercancía y mudanza), instalación y desinstalación de grúas, entrada y salida de camiones, carga y descarga de materiales y vaciado de concreto.

¿Qué necesito?
  • Nota dirigida a la director(a) de la dirección de tránsito y seguridad vial.

    Esta nota debe contener: -Nombre de la empresa, persona, institución responsable de la actividad o tipo de proyecto. -Fecha y hora. -Teléfonos.

  • Dirección del proyecto.

    Dirección exacta del proyecto con calles de acceso al proyecto (calle frontal y lateral) si tienen.

  • Dos fotos de la entrada, de la calle y calle frontal.

    Estas fotografías se piden con el fin de ver cómo está el estado de las calles al momento de iniciar el movimiento de camiones, y al ver cómo quedan las mismas al finalizar.

  • Cronograma de actividades.

  • Copia de plano aprobado.

    Esto debe estar aprobado por la alcaldía, MOP, ATTT. En caso que la alcaldía no haya aprobado aún el plano del proyecto, debe llevar la nota de permiso de construcción del mismo.

  • Plan de manejo de tránsito.

Observación

De no poder realizar la actividad en la fecha estipulada, el usuario deberá presentar solicitud de prórroga a la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial de la A.T.T.T, adjuntado copia del permiso anterior. 

 

Luego que la ATTT otorga el permiso, posterior al estudio de las condiciones viales, El usuario deberá dirigir una nota al Director de la Policía Nacional o a la Dirección de Transporte de la ATTT, solicitando la(s) unidad(es) de la Policía  de Tránsito para garantizar la movilidad vehicular y peatonal de forma fluida y segura. adjuntar copia del permiso emitido por la ATTT.

Base Legal

Ley 34 del 28 de Julio 1999Capitulo N°1 Artículo N°2: "la autoridad tiene todas las funciones relacionadas con la planificación, investigación, dirección, supervición, fiscalización, operación y control de transporte terrestre en la República de Panamá..." Numeral N°23: "emitir las autoridades necesarias para los trabajos o actividades que se programen sobre las vías públicas, que afecten la administración y operación del tránsito y el transporte terrestre".

Dirección y Horario de atención
Dirección

Sede Principal, Ubicada en el Centro Comercial Los Pueblos 2000 y 2001, Ave. José Agustín Arango, entrando por el Restaurante Friday´s, edificio contiguo a CINEMARK.