El departamento de Registro de Derecho de Autor y Derechos Conexos, adscrita a la Dirección General de Derecho de Autor, es la encargada de tramitar las solicitudes de inscripción de las obras protegidas, dando fe de la existencia de la obra y del hecho de su divulgación y publicación, y su finalidad es concederle a los titulares del derecho de autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos.
Certificado de defunción del autor, nacimiento del representante en caso de ser hijo (a) o matrimonio en caso de ser esposo (a).
Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá mencionarse su nombre o razón social, según el caso aportando el documento mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del decreto 261 de 1995).
Descargar Solicitud registro obras literarias
Certificado de defunción del autor, nacimiento del representante en caso de ser hijo (a) o matrimonio en caso de ser esposo (a).
Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá mencionarse su nombre o razón social, según el caso aportando el documento mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del decreto 261 de 1995).
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Ley 64 de 10 de octubre de 2012 sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos (Gaceta Oficial 22,598). Decreto 261 de 3 de octubre de 1995 (Gaceta Oficial 22,907). Ley 10 de 22 de febrero de 2011 (Gaceta Oficial 26,734-A). Resuelto 962 de 28 de mayo de 2008 (Gaceta Oficial 26,103).
Plaza Edison, Sector El Paical, Pisos 2 y 3.Dirección General de Derecho de Autor. Teléfono: 560-0600, 560-0700.Correo Electrónico: contactenos@mici.gob.pa