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Solicitud del oficial de seguridad y registro de pago de fondo de seguridad.

Institución: Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral

Cumplir con el Artículo 1 y Artículo 11, de la Ley 67 del 30 de Octubre de 2015, que adopta medidas en la Industria de la Construcción para reducir la incidencia de accidentes de trabajo.

¿Qué necesito?
  • Documento formal del municipio que corresponda, donde conste el valor total de construcción de la obra.

  • Contrato de una entidad gubernamental, debidamente firmado y refrendado donde conste el valor total de construcción de la obra.

    Opcional.

  • Nota de solicitud del oficial de seguridad, dirigida al director regional que corresponda.

    Detallar nombre completo del proyecto y ubicación exacta. Detallar toda la documentación que se adjunta en la nota antes mencionada.

  • Boleta de pago sellada por el Banco Nacional de Panamá.

Observación

Habrá obligatoriamente uno o varios Oficiales de Seguidad Ocupacional en el Proyecto de Construcción, se tomará en cuenta el tipo de obra y el mayor o menor riesgo laboral de ésta; será determinado por la Dirección de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

 

Base Legal

Ley 67 del 30 de Octubre de 2015, Artículo 1 y Artículo 11.  

Dirección y Horario de atención
Dirección

Edificio: 5to piso del Edificio Edison Center, Arriba de Ilumitec, Ave. Ricardo J. Alfaro, Dirección de Inspección de Trabajo

Teléfonos:

504-4100