Department: Dirección Nacional del Registro Civil
La inscripción de los nacimientos ocurridos sin asistencia médica no declarados oportunamente por las personas obligadas a hacerlo; es decir, los nacimiento ocurridos en casa o camino al hospital no declarados dentro de los dos años de ocurrido el hecho.
· Ante los Oficiales de Información o Ventanilla Única y proporcionar su identidad y las circunstancias esenciales del nacimiento a través de la Solicitud de Investigación de Inscripción de Nacimiento, a fin de que se efectúen las investigaciones pertinentes en la Base de Datos del Tribunal Electoral y se compruebe que en efecto, la persona no se encuentra inscrita;
De no encontrarse inscrito el interesado y adjuntar la investigación de inscripción de nacimiento efectuada como prueba y todas las demás pruebas documentales que resulten pertinentes para comprobar la ocurrencia del hecho vital en suelo patrio;
Quienes declararán bajo la gravedad de juramento y que, preferiblemente, hayan residido en el lugar al momento en que ocurrió el nacimiento, que conozcan las circunstancias de ese hecho y que corroboren la calidad de nacional panameño del que se pretenda inscribir.
Tiempo de entrega:
La respuesta no es inmediata, pues se tramita a través de un expediente que culmina con una resolución.
Costo del servicio:
· Gratuito.
Artículo 89 de La Ley 31 de 25 de julio de 2006.
Dirección Nacional del Registro Civil Avenida Omar Torrijos Herrera, Corregimiento de Ancón, Ciudad de Panamá.