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Crédito Educativo - Seguimiento Académico

Institución: Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos

Departamento: Departamento de Seguimiento de Crédito.

El prestatario o centro educativo según sea el caso, está obligado a entregar al IFARHU cuando inicie cada período académico la copia autenticada de la matrícula como alumno regular y un (1) original de las calificaciones obtenidas, a más tardar sesenta (60) días después de la terminación de cada período académico. De igual manera copia de la factura, por compra de equipo e implementos.

¿Qué necesito?
  • Copia autenticada de la constancia de matrícula, cuando inicie cada periodo académico.

  • Un (1) original de las calificaciones obtenidas, a más tardar 60 días después de la terminación de cada periodo académico.

  • Copia de la factura de compra de equipos e implementos, en los casos donde esté señalado en el contrato o exista una cotización dentro del expediente.

Observación



Cuando se trate de estudios en el extranjero, el Instituto exigirá al estudiante que los certificados de calificaciones presenten la firma y sello de la autoridad universitaria, cuya firma esté reconocida por el IFARHU.



Si los estudios se realizan en idioma distinto al español, el estudiante debe presentar la documentación académica traducida por un traductor público autorizado o autoridad competente.



El incumplimiento de estas obligaciones dará derecho en primera instancia, a suspender el pago correspondiente a la  siguiente partida y de persistir cancelar el crédito educativo.



Todas las copias deben presentarse debidamente autenticadas por el IFARHU. Secretaría General – Autenticación de documentos, en planta baja Sede o Agencias Regionales.

Base Legal

Ley No. 1 de 11 de enero de 1965,  (Modificada  por las Leyes 45 del 25 de julio de 1978, 23 de 29 de junio de 2006,   55 de 14 de diciembre de 2007 y 60 de 3 de agosto de 2011) Artículo 2, literal g,  Artículo 9, literal d y e,  Artículos del 16 al 25.Reglamento de Crédito Educativo, aprobado por el Consejo Nacional del IFARHU mediante la Resolución No. 28 de 12 de diciembre de 2006 (G.O. 25710) modificada por las resoluciones:            No. 114 de 24 de marzo de 2010.            No. 134 de 21 de marzo de 2011.            No. 182 de 2 de agosto 2013.            No. 202 de 17 de marzo de 2015

Dirección y Horario de atención
Dirección

Dep. de Seguimiento de Crédito. Avenida Ramón Arias, Calle Primera El Carmen.  Edificio Unicorp Business Plaza. Piso 8. Dirección del IFARHU