ES / EN

Exoneraciones para Iglesias

Institución: Autoridad Nacional de Aduanas

Departamento: Exoneraciones

Requisitos para tramitar exoneraciones de Iglesias.

¿Qué necesito?
  • El conocimiento de embarque.

    Para los efectos fiscales el conocimiento de embarque debe extenderse a nombre del consignatario de las mercaderías, a fin de poder establecer la persona que debe pagar los impuestos con que están gravadas y para poder hacerla responsable en casos de contrabando o fraude.Cuando el conocimiento de embarque se extienda a la orden o a nombre de una persona natural o jurídica para que notifique el documentos al destinatario de las mercancías, ésta se considerará como consignatario para los efectos del inciso anterior.

  • Llevar Factura Comercial Original.

    Papel membretado de la empresa con su dirección y teléfono. Debe estar juramentada por el exportador. Además debe contener cantidad, peso y descripción de la mercancía y su valor unitario total.

  • Declaración y Liquidación de Aduanas.

  • Personería Jurídica de las Iglesias Evangèlicas y otras Categorìas

  • VºBº Correspondiente, segùn la Naturaleza de la Mercancìa

  • Presentar Memorial solicitando exoneraciòn Por parte del Agente Corredor de Aduanas.

  • Si es Iglesia Catòlica, Nota por parte de la Diòcesis que solicita la exoneraciòn

  • Si es Iglesia Evangèlica u otra categorìa, Nota por parte de la Iglesia

  • Fotocopia de la Cedula del Representante Legal de la Iglesia Evangèlica y demàs.

  • Orden de Entrega del Recinto

    Si es vehìculo

Observación

Solo se puede importar todo lo que se puede utilizar en acción pastoral, incluyendo vehículos, Pagando 7% del I.T.B.M.S y 5% del Impuesto Selectivo a Consumo

Base Legal

Base Legal: Decreto de Gabinete 4 del 28 de febrero de 1991, artículo 535 del Código Fiscal. Decreto Ley Nº 1 del 13 de Febrero de 2002, Articulo 81

Dirección y Horario de atención
Dirección

Autoridad Nacional de Aduanas Ave. Dulcidio González, Edificio 1009, Curundu, Panamá, República de Panamá.