Departamento: Dirección de Legal y Justicia
Otorgar el permiso de “Cantina Transitoria” a un Contribuyente particular para realizar una actividad de tipo bailable en un lote baldío, en alguna casa comunal o local que no tiene permiso de espectáculo público.
Firmada por el representante legal de la empresa en el caso de Persona Jurídica; en el caso de Persona Natural deberá estar firmado por el propietario del negocio o del fundador, director, pastor, sacerdote o persona responsable.
Acompañada con el pronunciamiento por parte de la Policía si el evento es viable o no celebrarlo en ese lugar por motivo de seguridad.
En el caso de que el evento se haga en una casa comunal, cancha, cuadro deportivo o espacio público, deberá aportar la autorización escrita de la Junta Comunal del Área o del Municipio de Panamá, PANDEPORTES, o Institución Pública que le pertenece el lugar donde se va a hacer el evento.
Donde conste su compromiso de adoptar medidas para la protección al entorno urbano, natural y medio ambiente del lugar donde se realizará el evento.
Aplica para las actividades temporales de tipo bailable, que se realizan en los distintos Corregimientos, del distrito Capital. Se concede el permiso de Cantina Transitoria y lo puede solicitar tanto Persona Natural como Persona Jurídica.
Las personas naturales o jurídicas interesadas en obtener el permiso para la celebración de espectáculos o actividades de diversión temporales, deberán elevar su solicitud por lo menos diez (10) días hábiles antes del evento, al Departamento de Servicios Legales de la Dirección de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá. La Dirección de Legal y Justicia se reserva el derecho de no recibir solicitudes de permisos para estos eventos que no sean presentadas en él término antes señalado.
Fundamento de Derecho: Decreto Alcaldicio No. 4-2016 de 17 de febrero de 2016; G.O. 27976.
Dirección de Legal y Justicia. Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.