Departamento: Dirección General de Marina Mercante - Departamento de Buques
El abanderamiento del buque es el acto administrativo en virtud del cual, el Estado le atribuye a una embarcación su nacionalidad y la autoriza a enarbolar su pabellón.
En caso de ser en un Consulado Privativo de Marina Mercante, Oficina Económica y Comercial de Panamá o cualquier otro ente autorizado para estos fines por la Autoridad Marítima de Panamá en el exterior, está solicitud podrá ser presentada por el propietario o su representante.
Descargar Formulario Unico de Solicitud
Original del instrumento de designación del agente residente otorgado por el propietario, en caso de ser emitido en el extranjero se debe presentar debidamente autenticado. (Poder).
El Departamento de Registro de Buques, podrá exigir la presentación de cualquier otro documento adicional que estime conveniente, ya sea, por la condición de la nave, su edad, el servicio que presta o el área geográfica donde navegue.
Ley 57 de 6 de agosto de 2008, General de Marina Mercante
Av. Omar Torrijos Herrera, Calle Paso Andrews, Edificio PanCanal Plaza, Albrook, Ciudad de Panamá.