Departamento: Dirección General de Marina Mercante - Departamento de Buques
El abanderamiento del buque es el acto administrativo en virtud del cual, el Estado le atribuye a una embarcación su nacionalidad y la autoriza a enarbolar su pabellón.
Descargar Formulario Único de Solicitud de Tramite
Si es emitido en el extranjero se debe presentar debidamente autenticado.
Para el caso de naves que se dediquen a actividades de naturaleza no comercial, dicho Documento dará fe de que la nave no será utilizada para propósitos comerciales, si es emitida en el extranjero debe ser presentada debidamente autenticada.
Para el caso de naves que se dediquen a actividades de naturaleza no comercial, dicho Documento dará fe de que la nave no será utilizada para propósitos comerciales, si es emitida en el extranjero debe ser presentada debidamente autenticada.
El Departamento de Registro de Buques, podrá exigir la presentación de cualquier otro documento adicional que estime conveniente, ya sea, por la condición de la nave, su edad, el servicio que presta o el área geográfica donde navegue.
Ley 57 de 6 de agosto de 2008, General de Marina Mercante.
Av. Omar Torrijos Herrera, Calle Paseo Andrews, Albrook, Ciudad de Panamá, Edificio PanCanal Plaza.