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Acreditación para la Compra de Maíz

Institución: Ministerio de Comercio e Industrias

La Ley N°23 de 15 de julio de 1997, establece que las empresa que importen a través de los contingentes arancelarios, productos para ser utilizados como materia prima deberán acreditar, ante las autoridades correspondientes, que tienen la necesidad y la capacidad instalada para el procesamiento del tipo y volumen del producto cuya licencia están solicitando. En este caso particular también se acredita a las empresas importadoras que representan a personas naturales y jurídicas que tienen la capacidad instalada y la necesidad del maíz en grano para consumo animal y para la preparación de alimentos para animales.

¿Qué necesito?
  • Certificación del registro Público que contenga información general de la sociedad

  • Licencia o Registro Comercial

  • Poder a favor de la empresa importadora.

  • Declaración jurada, en donde se describa la actividad que realiza, validada por un funcionario público competente.

  • Certificado de Vigencia emitido por el Registro Público, en el cual se acredite la existencia legal de la sociedad, sus directores y dignatarios, vigencia de la misma, y agente residente.

  • Poder, copia de la cédula, certificado de registro público donde conste la existencia de la sociedad, el domicilio y su representante legal, persona jurídica.

  • Fotocopia autenticada del Aviso de Operación

  • Declaración jurada en la cual se describe el servicio que se le prestará al poderdante, debidamente notariado, en hojas 8 ½ x 13.

  • Llenar correctamente el Formulario para acreditación de materia prima.

Base Legal

La Ley N°23 de 15 de julio de 1997.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison,Tercer piso, Dirección General de Industrias Teléfono: 360-0720