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Anteproyectos para Proyectos de Edificación

Institution: Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre

Department: Departamento de Aprobación de Planos

Propuesta de proyecto en donde son trasados o esbosados líneas fundamentales que se pretenden desarrollar posteriormente  en los proyectos de edificación.  

What I need?
  • 1. Presentar solicitud en papel simple, dirigida a la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Director en Turno), pidiendo su revisión e indicando además, el costo promedio de la obra.

  • 2. El plano debe contener como mínimo:

    2.1   Pie de plano que indique:                     2.1.1  Nombre del proyecto                     2.1.2Ubicación                     2.1.3Nombre del propietario o promotor de la obra                     2.1.4Sello y Firma del profesional responsable                     2.1.5Escala       2.2   Localización regional:         -  La misma debe ser clara, debe poder permitirnos ubicar el punto sin           complicación.         -  Debe incluir puntos de referencias, nombres de calles, indicar intersecciones    más próximas, orientación, etc. 2.3   Datos generales del proyecto:                  2.3.1        Zonificación vigente: es importante indicar que la ATTT no procederá a  revisar ningún proyecto, que no cuente con la zonificación que permita el tipo de desarrollo propuesto.  De haber cambiado o asignado una zonificación, debe adjuntar además, el documento que certifique dicho cambio o asignación.                    2.3.2      Cantidad de torres (si se aplica)                    2.3.3      Cantidad de aptos. por torre                    2.3.4      Cantidad de pisos                    2.3.5      Cantidad de aptos. x piso                    2.3.6      Cantidad de pisos de estacionamientos                    2.3.7      Cantidad de estacionamientos por piso                    2.3.8      Cantidad de estacionamientos por torre                    2.3.9      Cantidad de estacionamientos de carga y descarga                    2.3.10    Cantidad de estacionamientos de visita por piso por torre                    2.3.11    Cantidad de estacionamientos de discapacitados por piso y por torre                    2.3.12    Otros 2.4    Detalles típicos tales como:                    2.4.1      Detalle de empalme de losa (si se aplica)                    2.4.2      Detalle de cordón (si se aplica)                    2.4.3      Detalle de rotonda (si se aplica)                    2.4.4      Detalle de martillo (si se aplica)                    2.4.5      Detalle de acera                    2.4.6      Otros de acuerdo a proyecto sometido 2.5    Planos de las plantas generales y de señalización que contenga como mínimo:                    2.5.1      Planta baja:                                 a.  Servidumbre vial                                 b.  Ancho de calle                                 c.   Ancho de acera mínimo 2.50 mts., la misma puede variar dependiendo de la servidumbre vial disponible.                                 d.  Ancho de grama                                 e.  Sentido de circulación                                 f.   Hacia                                g.  Radios.  En vías principales o secundarias de alto flujo vehicular se solicitará carriles de aceleración y desaceleración mínimas de 45.00 mts. fuera de los ángulos de entrada y salida de los carriles, que              deberán de ser de 11° y 14° respectivamente, con radios mínimos de  7.50 mts..  De no poder construirse los mismos, los radios deberán  proyectarse lo más amplio posible, a fin de poder facilitar la entrada y salida de los vehículos.  Es importante indicar que lo indicado puede  variar de acuerdo al tipo de vehículo que ingresará al proyecto y al ancho del carril propuesto.                                h.  Estacionamientos propuestos, identificados por tipo de estacionamientos, a su vez debe acotarse los retrocesos dependiendo del tipo de estacionamiento y ángulo propuesto.                                i.   Área de carga y descarga (si se aplica).  Área de tinaquera.  Es importante indicar de la carga y descarga así como la recolección de la basura, debe darse dentro de la propiedad al igual que la maniobra de ingreso y salida del vehículo.                               j. Debe indicarse los anchos de los accesos.  No se permitirá roturas de cordón que excedan los 8.00 mts. continuos.  La ATTT podrá hacer   consideraciones especiales, dependiendo del tipo de proyecto sometido.                              k.  Señalización horizontal y vertical propuesta.                              l.   Parada de buses existentes o propuesta (si se aplica).                             m. Puente elevado peatonal existente o propuesto (si se aplica). NOTA:  No se permitirá, estacionamientos con retroceso directos, a calles principales o secundarias de alto flujo vehicular.                    2.5.2      Plantas de estacionamientos por niveles:                              a.  Acotar estacionamientos y retrocesos.  Dicho retrocesos  dependerán del tipo y ángulo de los estacionamientos propuestos.                              b.  Señalización vial vertical y horizontal propuesta por planta de estacionamiento.   2.6    Hojas típicas de señalización vial vertical y horizontal.   2.7   Señalización preventiva de obra.   2.8    Indicar las siguientes notas El diseño es responsabilidad del diseñador. El promotor correrá con los costos de toda la señalización vial proyectada en este plano. Se mantendrá continuidad en las aceras, a través de rampas, cumpliendo con       la Ley de Equiparación de Oportunidades para las personas con    Discapacidad. La carga y descarga se manejará con vehículos tipo _______________,    longitud aproximada de ____________mts. Las láminas reflectivas de control de tránsito cumplirá con la norma          ASTMD4956 Tipo IV para el fondo y Tipo VIII para las letras. La pintura en pavimento será tipo Termoplástica Base Alquídica y cumplirá         con la norma AASHTO-249 y esfera de vidrios norma AASHTO-247.

Observation

Dichos planos deben entrar para la revisión en la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, con antelación a su ingreso al Municipio de Panamá.

 Todo proyecto que genere un volumen de tránsito considerable deberá presentar, los respectivos análisis y proyección de tráfico del área de influencia del proyecto e incluir, la propuesta de la solución física, que la demanda determina, según este estudio.
Proyectos a las cuales se le exigirá Estudios de Tránsito.

Que excedan las 400 apartamentos o en su lugar excedan los 400       estacionamientos

Ubicados en áreas que por sus características, puedan ocasionar conflictos    vehiculares.

Áreas congestionadas.

En donde la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, así lo solicite.
            Dicho estudio debe ser evaluado y desarrollado por empresas o profesionales idóneos, en lo que se refiere a aspectos de vialidad y tránsito.  La Autoridad de     Tránsito y Transporte Terrestre se reserva el derecho, de acoger o rechazar Estudios de Tránsito, si el caso se presentará.
             Estas soluciones deberán ser incluidas en los costos del proyecto.       
             A continuación algunos de los parámetros a tomar en consideración, para el    análisis y elaboración del estudio de tráfico.

Ser claro en su metodología y conclusiones alcanzadas.

Procedimientos empleados correctamente sustentados e ilustrados.
               Como mínimo debe incluir:

Aforos

Evaluaciones de la situación actual

Proyección de tránsito a diez (10) años

Distribución y asignación de viajes

 Análisis (proponer métodos de manejo de tránsito)

 Conclusiones y recomendaciones
 

Se recomienda el uso de los modelos HIGHWAY CAPACITY MANUAL (HCM), TRANSYT-7F y el SYNCHRO para la simulación de flujos vehiculares y para la simulación de tránsito en la red respectivamente.

Dicho estudio debe ser sometido, previo a la aprobación del anteproyecto sometido.

En donde exista semáforos, debe incluirse el rayado de las infraestructuras de los semáforos existentes.

Legal base

Ley 34 del 28 de julio de 1999, Artículo 2, Numeral 22. 

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