Las empresas que se dedican a la actividad bananera en el país, pueden llevar a cabo una solicitud de Permiso de Importación de Artículos Exonerados y Solicitud de Exoneración del Impuesto al Consumo de Combustible y Derivados de Petróleo, de acuerdo a lo establecido en la Ley No.16 de 18 de junio de 1993 y la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.
Ley No.16 de 18 de junio de 1993 y la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.
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