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Autorización de Promociones Comerciales

Institución: Ministerio de Economía y Finanzas

Departamento: Junta de Control de Juegos

Aprobación emitida por la Junta de Control de Juegos, a través de una Resolución, para la celebración de una promoción comercial, en la que los participantes dependan de la suerte o el azar para adquirir los premios ofrecidos. Se entienden incluidas las promociones de canje o de premios instantáneos, cuando los participantes dependan de la suerte para hacerse acreedores a los premios y las promociones donde el ganador se determina por el sorteo de la Lotería Nacional de Beneficencia.

¿Qué necesito?
  • Certificación Actualizada expedida por el Registro Público cuando el Representante Legal sea una persona jurídica.

  • Poder (Notariado) y Memorial de solicitud mediante apoderado legal, en papel habilitado con ocho (8) balboas en timbres, dirigido a la Junta de Control de Juegos. Dicha solicitud debe contener, sin limitarse, la siguiente información:

  • Detalle de la mecánica de la promoción comercial, señalando cómo se obtienen los boletos o la forma de participación.

  • Señalar el término de duración de la promoción comercial, el cual no podrá ser superior a un (1) año.

  • Descripción de los premios ofrecidos y el valor de mercado de cada uno.

  • Señalar la cantidad de boletos que se emitirán y el nombre de la imprenta que confeccionará los boletos, de ser el caso.

  • Certificado de Registro Público (Original).

  • Señalar la fecha, hora y dirección completa de la celebración de la tómbola o sorteo.

Observación

Seis (6) días hábiles.

Base Legal

Decreto Ley Nº2 de 10 de febrero de 1998, publicado en la Gaceta Oficial Nº23,484 de 17 de febrero de 1998 y Resolución Nº59 de 26 de julio de 1999, publicada en la Gaceta Oficial Nº23,873 de 27 de agosto de 1999.

Dirección y Horario de atención
Dirección

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