Departamento: Dirección Nacional de Información Catastral y Avalúos
Este servicio tiene como propósito realizar los avalúos específicos (para valor catastral), a la fecha actual de la propiedad, solicitado por personas naturales y/o jurídicas. Realizado este trámite la finca se acoge a la tarifa progresiva combinada alternativa.
Declaración Jurada del Tesorero de la sociedad solicitante, que contenga un listado con el nombre y cédula de las personas naturales que controlan el (100%) de las acciones o cuotas de participación al momento de la solicitud. Poder para los trámites pertinentes ante ASEP, copia de la cédula del Represntante Legal, certificado de Registro Público original donde conste la existencia de la sociedad.
o bien; ser presentado por un abogado, y su rúbrica deberá estar autenticada por notario público.
- La Causa del avalúo Específico, a saber: 1. Por levantar construcciones o introducir mejoras permanentes. 2. Por haber el inmueble desmejorado o perdido su valor. 3.Por demoler o eliminar las construcciones o mejoras permanentes. 4. Por segregar o dividir parte de un inmueble. 5. Por haber aumentado su valor. - La designación de un Perito de parte, con su respectivo número de cédula de identidad personal.
en papel blanco bond 8 ½ X 13, a doble espacio, en el que conste nombre del solicitante, generales, números de finca, ubicación y descripción exacta del área objeto del avalúo. De constar mejoras en la propiedad deberá anotarse la fecha de construcción para poder determinar la edad efectiva. La petición debe indicar: La causa del avalúo específico a saber: por levantar construcciones o introducir mejoras permanentes. por haber el inmueble desmejorado o perdido su valor. por demoler o eliminar las construcciones o mejoras permanentes. por segregar o dividir parte de un inmueble. por haber aumentado su valor. La designación de un perito de parte, con su respectivo número de cédula de identidad personal.
Tanto para el sector urbano como el rural, se pagarán gastos de manejo de documentación igual al pago por servicios profesionales de los peritos nombrados por la ANATI.
Costo de acuerdo al área y según tarifa vigente, a saber:
Fincas cuyo valor da igual o menor de B/.2,000,000.00:
Tarifa Mínima: B/.150.00. Tarifa a pagar =√valor catastral x 1
Fincas cuyo valor sea igual o mayor de B/.2,000,001.00
Tarifa a pagar = Tarifa a pagar =√valor catastral x 1.5
Artículos 766-A, 780, 781, 782, 783, 784, 785 del Código Fiscal modificado por la Ley 49 de 2009, Ley 8 de 2010, Ley 59 de 2010. Decreto ley 63 de 1973
Departamento de Avalúo, PH Republic, Vía España (diagonal a la Iglesia del Carmen).