Departamento: Dirección de Bienes Patrimoniales
Este servicio se presta a solicitud de las instituciones que desean llevar a cabo alguna transacción con determinado bien inmueble, a saber:1. Cuando se solicita el avalúo de un bien inmueble estatal para darlo en arrendamiento, compraventa, permuta, etc.2. Cuando a solicitud de una institución estatal se avalúa un bien inmueble particular que va a ser adquirido en arrendamiento, compraventa, permuta, etc. por la institución.
El Costo será de acuerdo al área y según tarifa vigente, a saber:
Avalúos de Entidades Autónomas, Semiautónomas y Municipios:
Fincas cuyo valor sea menor de B/.30,000.00
Fincas cuyo valor sea igual o mayor de B/.30,000.00
Tarifa Mínima: B/.50.00
Tarifa según la siguiente fórmula:T= B/.0.30 X Ö V
T= B/.0.30 X Ö V T: Tarifa V : Valor del Inmueble
Según la tabla vigente de la Contraloría General de la República
*Los gastos de alimentación y alojamiento de los peritos
*Gastos de transporte
Decreto Ejecutivo 34 de 1985, modificado por el Decreto Ejecutivo 478 de 11 de noviembre de 2011, artículo Tercero-A.
PH Republic, Vía España (diagonal a la Iglesia del Carmen)