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Avalúos Voluntarios establecidos en la Ley No. 49 del 2009

Institución: Autoridad Nacional de Administración de Tierras

Departamento: Dirección Nacional de Información Catastral y Avalúo

Solicitud presentada de forma voluntaria por parte interesada a fin de modificar los valores catastrales y mejoras de un terreno. 

¿Qué necesito?
  • Declaración Jurada Notariada del Propietario

  • Certificación Original de la Finca Expedida por el Registro Público con vigencia de 90 días

    Debe incluir los gravámenes que tenga la finca. En caso de tener gravamen, presentar Nota de consentimiento del titular del gravamen.

  • Solicitud Notariada formal por escrito del propietario o Poder Notariado a un Abogado Idóneo con la solicitud elaborada por el Abogado Idóneo Apoderado

  • Principales Requisitos en cuanto al Terreno

    Que el terreno sea adjudicable (no sea finca privada, área protegida, territorio indígena, manglar, servidumbre, estero, zona costera, territorio insular y similar) Que no exista oposición o el mismo haya sido resuelto por la autoridad competente. Que esté dedicado a la actividad agraria, forestal o a la vivienda rural. Que no esté reservado para un proyecto de desarrollo gubernamental o de utilidad pública o interés social. Que ninguna de dichas personas posea tierras, o que las que posea cumplan con la función social.

  • Avalúo Original firmado por Empresas o Profesionales Idóneos

    Fecha Actual del Avalúo, máximo (1) año. Croquis de Ubicación legible. Fotografías Informe de Avalúo debidamente firmado.

  • Paz y Salvo del Bien Inmueble

  • Memorial formal por escrito de la solicitud del Avalúo Voluntario elaborado por el abogado idóneo apoderado.

  • Declaración Jurada Notariada de la Persona Jurídica

  • Certificación Original de la Sociedad Expedida por el Registro Público con Vigencia de 90 días

    Debe incluir los gravámenes que tenga la finca. En caso de tener gravamen, presentar Nota de consentimiento del titular del gravamen.

  • Acta Original de la Junta de Accionistas autorizando el Avalúo Voluntario de la Finca

  • Poder Notariado otorgado a un Abogado Idóneo

  • Fotocopia de cédula de identidad personal vigente del representante legal de la persona jurídica o de la persona designada.

  • Avalúo Original firmado por Empresas o Profesionales Idóneos

    Fecha Actual del Avalúo, máximo (1) año. Croquis de Ubicación legible. Fotografías Informe de Avalúo debidamente firmado.

  • Paz y Salvo del Bien Inmueble

Observación


Compete a la Dirección Nacional de Información Catastral y Avalúo administrar estos expedientes. Dentro de esta, corresponde al Departamento de Análisis y Avalúos, a la oficina legal, al despacho del Director Nacional y al Departamento de Conservación Catastral.

 

Costos:

Estos trámites no representan costo alguno para los solicitantes. En tal sentido, el beneficiario no tiene que brindar ningún tipo de remuneración o efectuar ningún pago a funcionario por los trámites.

Base Legal

Los procedimientos de Avalúo voluntario están regidos por el artículo 10 de la Ley No. 49 de 2009, que modificó el Artículo 766-A del Código Fiscal.

Dirección y Horario de atención
Dirección

P.H. Dorado Mall, Piso 2 El Dorado, Panamá