Acredita el comportamiento del Privado de Libertad, su nivel de adaptación a los Programas de Tratamiento, su espíritu de trabajo, responsabilidad y el cumplimiento de los reglamentos carcelarios.
Las Certificaciones de Conducta tienen una vigencia de (90) días contados a partir de su expedición.
Ley N° 55 de 30 de julio de 2003 que Reorganiza el Sistema Penitenciario, Decreto Ejecutivo N° 393 de 25 de julio de 2005.
Dependencia / Centro Penitenciario donde se ubique el Privado de Libertad