Departamento: Dirección General de la Gente de Mar Departamento de Asuntos Laborales Marítimos
Para obtener el certificado, los buques panameños deberán pasar satisfactoriamente una aprobación de planos y un reconocimiento inicial de los alojamientos de la tripulación, cuya validez será de cuatro (4) años. El procedimiento de refrendo del CICA es el siguiente: La Organización Reconocida Autorizada para emitir el CICA, deberá solicitar mediante nota dirigida el Director General de la Gente de Mar el refrendo del CICA, con sus respectivos timbres fiscales, debidamente acompañada de la documentación de soporte impresa y copia del cheque de pago, si fuese este el medio de pago. En la solicitud antes indicada, se deberá señalar:
J.D.011-2005
Edificio PanCanal 1er piso, Ave. Omar Torrijos, Albrook, Ancón, Panamá, República de Panamá