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Certificado Médico Clase II

Institución: Autoridad de Aeronáutica Civil

Departamento: Licencias para Personal Aeronáutico

Trámite a través del cual se realiza una expedición y renovación de una evaluación médica. Todo Solicitante de una Licencia de Piloto Privado de avión o helicóptero, de planeador, de Alumno Piloto aspirante a Privado, de Aerostato y de Radioperador de a bordo se someterá a reconocimiento médico inicial aplicando a la Evaluación Médica Clase II, para la obtención del Certificado Médico correspondiente. Dicho certificado es expedido por un médico de la institución.

¿Qué necesito?
  • El Solicitante no tendrá historia clínica comprobada ni diagnóstico clínico con relación a ningún tipo de dependencia ya sea a: drogas, alcohol, fármacos, entre otras (Artículo 17, Sección Novena, Libro IX).

Observación

Nota Importante:
Los requisitos antes expuestos se muestran con mayor detalle en el Libro IX. Usted puede acceder a dicha información a través de la siguiente dirección: Reglamento de Aviación Civil de Panamá (RACP) Tiempo aroximado del trámite 1 mes

Dirección y Horario de atención
Dirección

Albrook Edif 805