Departamento: Dirección Nacional de Titulación y Regularización
Este servicio tiene como propósito otorgar en concesión administrativa Bienes Inmuebles Nacionales en áreas inadjudicables y por un tiempo determinado de acuerdo con la Ley 35 (22 mts de ribera de Playa, Área Inadjudicable).
Que el terreno sea adjudicable (no sea finca privada, área protegida, territorio indígena, manglar, servidumbre, estero, zona costera, territorio insular y similar) Que no exista oposición o el mismo haya sido resuelto por la autoridad competente. Que esté dedicado a la actividad agraria, forestal o a la vivienda rural. Que no esté reservado para un proyecto de desarrollo gubernamental o de utilidad pública o interés social. Que ninguna de dichas personas posea tierras, o que las que posea cumplan con la función social.
En papel blanco bond, 8 1/2x13 o 14, a doble espacio, en el que conste el nombre del solicitante, generales, número de finca, ubicación y descripción exacta del área solicitada.
Luego de cumplidos todos los requisitos y aprobado el proyecto acuícola por el MIDA, este remite todo el Expediente a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), para formalizar el contrato de concesión de la tierra, previo a la aceptación del canon de concesión.
Costos:
Inspección Ocular de parcelas del Estado: B/.10.00.
Valor del Bien: De acuerdo al avalúo del MEF y Contraloría.
En caso de Concesiones Albinas el canon de concesión es de B/.6.00 por hectárea.
Manejo de documentos: B/. 200.00.
Fianza de Cumplimiento: 10% del monto total del contrato.
Timbres Fiscales: Según Ley.
Ley 35.
P.H. Dorado Mall,Piso 2, El Dorado, Panamá.