Departamento: Dirección de Recursos Minerales
Permite la exploración y explotación de yacimientos con concentraciones endógenas como oro, plata y diamante.
Carta de profesional idóneo responsable, que trabaja para la empresa, con lista de personal técnico, historial, diplomas, etc.
Art. 271 del Código de Recursos Minerales.
En el cual conste la descripción, propiedad, gravámenes de finca, datos de inscripción y valor registrado.
Dicho documento especificará detalles técnicos, inversión, cronograma, metodología etc.
Importante:
Todos los documentos deben presentarse en original y dos (2) copias. Los Planos Mineros y el Estudio de Impacto Ambiental deben presentarse en original y tres (3) copias.
Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, 2do piso y 3er piso