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Concesiones para Exploración o Extracción de Minerales No Preciosos

Institución: Ministerio de Comercio e Industrias

Departamento: Dirección de Recursos Minerales

Trámite a través del cual se permite la exploración y explotación de minerales tales como: cobre, mangneso, hierro, zinc, aluminio, etc.

¿Qué necesito?
  • Capacidad Financiera (Carta Bancaria con cifras o Balances de Situación y Folletos ilustrativos de la empresa).

  • Capacidad Técnica.

    Carta de profesional idóneo responsable, que trabaja para la empresa, con lista de personal técnico, historial, diplomas, etc.

  • Comprobante de pago de Cuota inicial.

    Art. 271 del Código de Recursos Minerales.

  • Poder y solicitud mediante abogado.

  • Presentar pacto social de la empresa.

    El pacto social debe confeccionarlo un abogado. El Pacto Social debe contar con información general del nombre de la sociedad, actividad principal y secundarias a las cuales se dedicará, capital, domicilio, duración de la sociedad, Junta de Accionistas.

  • Certificado del Registro Público.

    En el cual conste la descripción, propiedad, gravámenes de finca, datos de inscripción y valor registrado.

  • Memorial de solicitud dirigido el Ministerio de Comercio e Industrias por conducto de la Dirección General de Recursos Minerales, (en papel habilitado).

  • Planos Mineros e Informe de descripción de zonas, de acuerdo al reglamento DGRM-98-65 (preparados por un Ing. de Minas, autorizado por la DGRM).

  • Declaración Jurada (Notariada o firmada ante el Registrador, en papel habilitado).

  • Plan Anual de Trabajo.

    Dicho documento especificará detalles técnicos, inversión, cronograma, metodología etc.

  • Certificado del Registro Público donde conste el nombre de los dueños de las fincas afectadas por la solicitud.

  • Declaración de Razones por las cuales sería conveniente accesar a lo solicitado.

  • Propuesta de Prima.

    Según lo estipulado en el Art. 20 del Código de Recursos Minerales.

  • Informe detallado de Evaluación del Yacimiento objeto de explotación.

  • Comprobante de pago de Cuota inicial.

    Art. 271 del Código de Recursos Minerales.

  • Estudio de Impacto Ambiental (No se requiere si el área es menor a 1 Ha.)

  • Propuesta de Prima.

    Según lo estipulado en el Art. 20 del Código de Recursos Minerales.

Observación

Nota Importante:Todos los documentos deben presentarse en original y dos copias, los Planos Mineros y el Estudio de Impacto Ambiental deben presentarse en original y tres (3) copias.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Dirección General de Recursos Minerales