Departamento: Departamento de Cobros
Esta actividad hace referencia a la recuperación crediticia relacionada al crédito educativo, el cual puede tener las formas de pagos siguientes: Descuento directo Pago por ventanilla Pago por ACH Las formas de Pagos están sujetas a previa evaluación y aprobación. Se enviará al Juzgado Ejecutor del IFARHU, todo crédito educativo que presente tres (3) cuotas consecutivas de atraso sin causa justificada, que mantenga pagos irregulares, que presenten letras bajas que no cubra capital y que por la vía administrativa se haya agotado la gestión de cobro. Descuento Directo No podrán suspenderse para ser reemplazados por el pago por ventanilla, ni por otro descuento cuyo cliente este por contrato definido o servicios profesionales. Solo se suspenderá el descuento directo cuando se dé algunas de las circunstancias siguientes: Cuando se ha reemplazado por otro descuento directo ya sea el deudor, codeudor u otra persona que se adicione como codeudor. Cuando el deudor haya fallecido y se encuentre pagando un codeudor. Por reactivación de un descuento anterior que conlleve un doble descuento. Por haberse condonado la deuda por excelencia académica. Pago por Ventanilla Es el pago que el prestatario o codeudores hacen por ventanilla cuando no tienen capacidad de descuento directo, dejen de laborar o no pueden adicionar otro codeudor. Requisitos: Presentarse al Departamento de Cobros piso ocho (8), para llenar el formulario de Compromiso de Pago por Ventanilla. El pago se realiza en la Sección de Caja de la Institución. Pago por ACH Es el pago que el prestatario o codeudores hacen por medio de una cuenta bancaria personal de cualquier banco de la localidad. Los requisitos que debe cumplir son los siguientes: Debe apersonar al piso ocho (8) al Departamento de Cobros, para llenar los formularios de Acuerdo de Compromiso de Pago por el Servicio ACH y el formulario de Autorización Debito. Copia legible de cédula por ambos lados en una sola hoja. Debe de tener como mínimo tres (3) letras en depósito como garantía. Ver más Ver menos
Todo trámite de descuento directo conlleva la firma de autorizaciones de descuentos.
Si se trata de créditos nuevos, el prestatario debe presentar nota dirigida al Director de Crédito Educativo quien la evaluará y dará o no su visto bueno. Este proceso se realiza en la etapa del trámite de Crédito.
En el Pago de Ventanilla, todo préstamo en etapa de recuperación puede presentar como aval una garantía bancaria por la totalidad del crédito. Sujeto a evaluación.
Ley No. 1 de 11 de enero de 1965, (Modificada por las Leyes 45 del 25 de julio de 1978, 23 de 29 de junio de 2006, 55 de 14 de diciembre de 2007 y 60 de 3 de agosto de 2011) Artículo 2, literal g, Artículo 9, literal d y e, Artículos del 16 al 25. Reglamento de Crédito Educativo, aprobado por el Consejo Nacional del IFARHU mediante la Resolución No. 28 de 12 de diciembre de 2006 (G.O. 25710) modificada por las resoluciones: No. 114 de 24 de marzo de 2010. No. 134 de 21 de marzo de 2011. No. 182 de 2 de agosto 2013. No. 202 de 17 de marzo de 2015
Dep. de Cobros. Avenida Ramón Arias, Calle Primera El Carmen. Edificio Unicorp Business Plaza. Piso 8. Dirección de IFARHU