Departamento: Departamento de Trámite de Crédito
Estos préstamos son un apoyo para todos los padres de familia que no cuentan con los recursos suficientes para cubrir los gastos educativos de sus hijos en centros educativos oficiales y particulares del país. Los créditos se conceden hasta por un monto de B/. 24,000.00 para cubrir los tres niveles educativos a un plazo hasta de 15 años, dependiendo del monto solicitado. La amortización se inicia a partir del primer desembolso (Amortización inmediata), a una tasa de interés del 3% anual sobre saldo a capital. Los desembolsos se realizan directo al centro de estudios.
Todas las copias deben presentarse debidamente autenticadas por el IFARHU (Secretaría General – Autenticación de documentos) en el área de Caja Sede Central, en las Direcciones Provinciales o Agencias Regionales correspondientes.
El Paz y Salvo debe ser pagado en la Sección de Ingresos Sede Central, en las Direcciones Provinciales o Agencias Regionales correspondientes. EL mismo es emitido por el Dpto. de Aplicación de Abonos.
La carta de trabajo tendrá un mes de vigencia, una vez expedida por la empresa o Institución.
El deudor y codeudor es el padre o acudiente.
Se aceptan jubilados de la CSS y/o de la Contraloría General de la República hasta 65 años de edad. (Artículo 3 del Reglamento de Crédito).
Si uno de los codeudores es trabajador de la ACP, la modalidad de crédito seria amortización inmediata al 4%.
La copia del recibo de agua, luz o teléfono no se requiere que este a nombre del solicitante o codeudor o garante, debido a que es para validar dirección residencial.
Toda documentación presentada está sujeta a verificación.
Todos los requisitos con un asterisco (*) deben venir con sello fresco y firma de la autoridad competente.
Ley No. 1 de 11 de enero de 1965, (Modificada por las Leyes 45 del 25 de julio de 1978, 23 de 29 de junio de 2006, 55 de 14 de diciembre de 2007 y 60 de 3 de agosto de 2011) Artículo 2, literal g, Artículo 9, literal d y e, Artículos del 16 al 25.Reglamento de Crédito Educativo, aprobado por el Consejo Nacional del IFARHU mediante la Resolución No. 28 de 12 de diciembre de 2006 (G.O. 25710) modificada por las resoluciones: No. 114 de 24 de marzo de 2010. No. 134 de 21 de marzo de 2011. No. 182 de 2 de agosto 2013. No. 202 de 17 de marzo de 2015
Dep. de Trámite de Crédito. Avenida Ramón Arias, Calle Primera El Carmen. Edificio Unicorp Business Plaza. Piso 8.