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Defunción del Beneficiario del Programa Ángel Guardián

Institución: Ministerio de Desarrollo Social

Departamento: Secretaria Ejecutiva del Programa Ángel Guardián

En caso del fallecimiento del Beneficiario, el Representante Legal podrá recibir y utilizar el desembolso si se encuentra en el período de pago correspondiente para los pagos funerarios. Esto se deberá notificar en la oficinas del MIDES(Programa Ángel Guardián), en un plazo no mayor de treinta días hábiles del fallecimiento.

¿Qué necesito?
  • Fotocopia de Cédula del Beneficiario y Representante Legal

  • Presentar el Certificado de Defunción del Beneficiario

Base Legal

La Ley N° 39 de 14 de junio de 2012  Crea un programa especial de asistencia económica para las Personas con Discapacidad Severa en condición de dependencia y pobreza extrema.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Plaza Edison, Panamá, Segundo Piso, Estacionamientos. Teléfono 500-6075 / 5867 /1225