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Denuncia por Hurto de Accesorios

Institución: Dirección de Investigación Judicial

Tipificado en nuestro Código Penal, artículo 181 y s.s., Comete este delito, el que se apodere de una cosa mueble ajena. Delito consistente en tomar con ánimo de lucro cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño, sin que concurran las circunstancias que caracterizan el delito de robo.

¿Qué necesito?
  • Declaración Jurada y Poder

    Declaración Jurada del Tesorero de la sociedad solicitante, que contenga un listado con el nombre y cédula de las personas naturales que controlan el (100%) de las acciones o cuotas de participación al momento de la solicitud. Poder para los trámites pertinentes ante ASEP, copia de la cédula del Represntante Legal, certificado de Registro Público original donde conste la existencia de la sociedad.

  • Poder a favor del abogado.

  • Nota en la que autoriza a determinada persona a presentar la denuncia, previamente autenticada la firma ante notario.

  • Declaración Jurada por parte del propietario

  • En caso de no tener documentos, puede probar la propiedad con la declaración jurada de una persona que conozca y pueda describirlos (esposa, hijos, hermanos, vecinos o empleados, o cualquier persona que pueda dar fe de la existencia del bien objeto del

  • Factura o documentos que prueben la preexistencia del artículo hurtado.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Frente al Mercado de Abasto, a un costado del Museo de Omar Torrijos Herrera, en el corregimiento de Ancón.