Departamento: Dirección Comercial
La descontinuación voluntaria del servicio se realiza a todo cliente que cumpla con los siguientes requisitos:
Cancelar los saldos pendientes de agua, alcantarillado, valorización y tratamiento de aguas residuales, al momento de la solicitud.
Requisitos para la descontinuación voluntaria del servicio del agua se pueden realizar en cualquier agencia de Atención al Cliente a nivel nacional.
INSTITUTO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADOS NACIONALES RESOLUCION DE JUNTA DIRECTIVA NO. 45 - 2015 “Por medio de la cual se aprueban el “PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE” LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO NACIONALES CONSIDERANDO: Que mediante Ley No.77 del 28 de diciembre de 2001, se “Reorganiza y moderniza el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN) y se dictan otras disposiciones”. Que a través de la Resolución No. 27-2005 de 28 de julio de 2005 la Junta Directiva aprobó el Reglamento del Servicio al Cliente del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN). Que en virtud de la naturaleza de los servicios que presta el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), es de imperiosa necesidad establecer el PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 22, artículo 7 de la referida Ley, corresponde a la Junta Directiva aprobar los Reglamentos internos que fijan mecanismo de subsidio, normas de calidad y de atención a los clientes
Agencias a nivel nacional.