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Designación de beneficiarios

Institución: Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos

Departamento: Cuentas Individuales de la Entidad Registradora Pagadora del SIACAP

Todo afiliado al SIACAP puede designar beneficiarios a su cuenta individual en cualquier momento. Se entiende por beneficiarios, aquellas personas designadas para recibir el saldo de la cuenta individual en caso del fallecimiento del afiliado.  A la muerte del afiliado, sin que se haya asignado beneficiario, deberá consultarse el artículo 6 de la Ley No. 8 de 1997 y el Decreto Ejecutivo No. 39 de 2003 Nota: copias de ambas caras de la cédulas en 1 sola página.  

¿Qué necesito?
  • Copia de cédula

  • Cédula del beneficiario (mayor de edad)

  • Certificado de nacimiento o cédula Juvenil (menor de edad)

    Proporcionar copia de certificado de nacimiento del menor o cédula Juvenil y copia de cédula del Tutor designado.

  • Completar Formulario Único

    Coloque la información general de los beneficiarios Apellidos. Nombres. Número de Cédula. Porcentaje de beneficio. Nombre y cédula  del tutor designado en caso de que algún beneficiario sea menor de edad (18 años).

    Descargar Formulario Único

Observación

Todo afiliado puede designar beneficiarios a su cuenta, completando el Formulario Único en cualquiera de nuestras oficinas de la Entidad Registradora Pagadora.

Base Legal

Leyes y Decretos del SIACAP.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Vía Interamericana, Local N.º 35, La Sorpresa Mall, a lado de Banco Lafise.

Teléfonos:

997-8621