Departamento: Dirección de Evaluación y Ordenamiento Ambiental
Documento de análisis aplicable a los proyectos incluidos en la lista taxativa prevista en el artículo 14 del decreto ejecutivo no. 59 de 16 de marzo de 2000, cuya ejecución puede producir impactos ambientales negativos de significación cuantitativa o cualitativa, que ameriten un análisis más profundo para evaluar los impactos y para proponer el correspondiente Plan de Manejo Ambiental. El propósito de este estudio es garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales que genere el proyecto, como asi mismo la idoneidad técnica de las medidas propuestas para evitar, reducir, corregir, compensar y controlar los impactos adversos significativos.
Memorial es un escrito dirigido a la autoridad competente.
Las actividades, obras o proyectos, públicos o privados, que por su naturaleza, características, efectos, ubicación o recursos pueden generar riesgo ambiental, requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución, de acuerdo con la reglamentación de la presente Ley. Estas actividades, obras o proyectos, deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, inclusive aquellos que se realice; en la cuenca del Canal y comarcas Indígena.
Artículo 14 del decreto ejecutivo no. 59 de 16 de marzo de 2000.
Dirección Nacional de Evaluación y Ordenamiento Ambiental. Sede Principal Edificio 804 Albrook, Panamá.