Departamento: Exoneraciones
Requisitos para la exoneración para Diplomáticos panameños rentados en el extranjero cuando regresen al país después de terminada su misión, no incluye a los consulares.
Papel membreteado de la empresa con su dirección y teléfono. Debe estar juramentada por el exportador. Además debe contener cantidad, peso y descripción de la mercancía y su valor unitario total.
Para los efectos fiscales el conocimiento de embarque debe extenderse a nombre del consignatario de las mercaderías, a fin de poder establecer la persona que debe pagar los impuestos con que están gravadas y para poder hacerla responsable en casos de contrabando o fraude.Cuando el conocimiento de embarque se extienda a la orden o a nombre de una persona natural o jurídica para que notifique el documentos al destinatario de las mercancías, ésta se considerará como consignatario para los efectos del inciso anterior.
La declaración Unificada Aduanas realizada del modo prescrito por la Aduana, mediante la cual las personas interesadas indican el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías de las cuales sean consignatarios, proporcionando la información requerida para la aplicación del régimen aduanero correspondiente.
si es vehìculo
Pagaràn el 5% del Impuesto Selectivo al Consumo Y 7% I.T.B.M.S, tendràn oportunidad de importar un vehìculo hasta 6 meses despuès de haber terminado misiòn.
Autoridad Nacional de Aduanas Ave. Dulcidio González, Edificio 1009, Curundu, Panamá, República de Panamá.