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Exoneraciones Para el Tribunal Electoral

Institución: Autoridad Nacional de Aduanas

Departamento: Exoneraciones

Requisitos para realizar exoneraciones a el Tribunal Electoral.

¿Qué necesito?
  • El conocimiento de embarque.

    Para los efectos fiscales el conocimiento de embarque debe extenderse a nombre del consignatario de las mercaderías, a fin de poder establecer la persona que debe pagar los impuestos con que están gravadas y para poder hacerla responsable en casos de contrabando o fraude.Cuando el conocimiento de embarque se extienda a la orden o a nombre de una persona natural o jurídica para que notifique el documentos al destinatario de las mercancías, ésta se considerará como consignatario para los efectos del inciso anterior.

  • Llevar Factura Comercial Original.

    Papel membretado de la empresa con su dirección y teléfono. Debe estar juramentada por el exportador. Además debe contener cantidad, peso y descripción de la mercancía y su valor unitario total.

  • Declaración y Liquidación de Aduanas.

  • VºBº Correspondiente, segùn la Naturaleza de la Mercancìa

  • Solicitud de Exoneración del Tribunal Electoral.

  • Orden de Entrega del Recinto

    Si es vehìculo

  • Orden de Compra o Contrato en original o Fotocopia autenticada por la instituciòn.

Observación

Pagaràn el 7% del I.T.B.M.S. y para los vehìculos 5% de Impuesto Selectivo al Consumo, Vehìculos, equipos y materiales para uso exclusivo de los mismos.

Base Legal

Base Legal: Ley 11 del 30 de junio de 1993. Código Electoral Artículo 121.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Autoridad Nacional de Aduanas Ave. Dulcidio González, Edificio 1009, Curundu, Panamá, República de Panamá.