Departamento: Exoneraciones
Requisitos para trámitar exoneraciones para Turistas Extranjeros Jubilados o Pensionados en el Extranjero y Rentistas Retirados.
Para los efectos fiscales el conocimiento de embarque debe extenderse a nombre del consignatario de las mercaderías, a fin de poder establecer la persona que debe pagar los impuestos con que están gravadas y para poder hacerla responsable en casos de contrabando o fraude.Cuando el conocimiento de embarque se extienda a la orden o a nombre de una persona natural o jurídica para que notifique el documentos al destinatario de las mercancías, ésta se considerará como consignatario para los efectos del inciso anterior.
Papel membretado de la empresa con su dirección y teléfono. Debe estar juramentada por el exportador. Además debe contener cantidad, peso y descripción de la mercancía y su valor unitario total.
si es vehìculo
Expedido por el Ministerio de Economìa y Finanzas para certificar que el solicitante està a paz y salvo de sus Impuestos sobre la Renta
Si es vehìculo
Pueden importar un vehículo cada dos (2) años, Pagando el 5% del Impuesto Selectivo al consumo y 7% de I.T.B.M.S. y por una sola vez pueden introducir efectos personales de hasta B/. 25,000.00
Base Legal: Ley 9 del 24 de junio de 1987.
Autoridad Nacional de Aduanas Ave. Dulcidio González, Edificio 1009, Curundu, Panamá, República de Panamá.