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Exoneraciones para Turistas Extranjeros Jubilados o Pensionados en el Extranjero y Rentistas Retirados.

Institución: Autoridad Nacional de Aduanas

Departamento: Exoneraciones

Requisitos para trámitar exoneraciones para Turistas Extranjeros Jubilados o Pensionados en el Extranjero y Rentistas Retirados.

¿Qué necesito?
  • El conocimiento de embarque.

    Para los efectos fiscales el conocimiento de embarque debe extenderse a nombre del consignatario de las mercaderías, a fin de poder establecer la persona que debe pagar los impuestos con que están gravadas y para poder hacerla responsable en casos de contrabando o fraude.Cuando el conocimiento de embarque se extienda a la orden o a nombre de una persona natural o jurídica para que notifique el documentos al destinatario de las mercancías, ésta se considerará como consignatario para los efectos del inciso anterior.

  • Llevar Factura Comercial Original.

    Papel membretado de la empresa con su dirección y teléfono. Debe estar juramentada por el exportador. Además debe contener cantidad, peso y descripción de la mercancía y su valor unitario total.

  • Orden de Entrega del Recinto

    si es vehìculo

  • Declaración y Liquidación de Aduanas.

  • VºBº Correspondiente, segùn la Naturaleza de la Mercancìa

  • Carta de la Compañía en la cual demuestre cuanto devenga de jubilación.

  • Paz y Salvo Nacional para personas Naturales

    Expedido por el Ministerio de Economìa y Finanzas para certificar que el solicitante està a paz y salvo de sus Impuestos sobre la Renta

  • Nota de Solicitud de Exoneraciòn por parte de Servicio de Migracìon y Naturalizaciòn

    Si es vehìculo

  • Si es Panameño, Documento que conste que la persona ha residido por mas de dos años en el Extranjero

  • Fotocopia del carnet de Jubilado o Pensionado si es Extranjero

  • Fotocopia del Pasaporte del Extranjero

  • Certificaciòn bancaria que certifique el monto de la cuenta bancaria que genera los intereses para acogerse a Rentista.

  • Si el vehìculo viene del Extranjero, debe presentar el titulo de Propiedad

Observación

Pueden importar un vehículo cada dos (2) años, Pagando el 5% del Impuesto Selectivo al consumo y 7% de I.T.B.M.S.  y por una sola vez pueden introducir efectos personales de hasta B/. 25,000.00

Base Legal

Base Legal: Ley 9 del 24 de junio de 1987.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Autoridad Nacional de Aduanas Ave. Dulcidio González, Edificio 1009, Curundu, Panamá, República de Panamá.