Departamento: Secretaria Ejecutiva del Programa Ángel Guardián
Es un programa especial de asistencia económica para personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema, el cual otorga un apoyo económico de B/. 80.00 mensuales, que les permite acceder a los servicios a los servicios básicos de salud, educación y asistencia a los centros de rehabilitación integral para mejorar su calidad de vida.
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Corresponsabilidades:
El representante legal deberá procurar una compensación estructural de beneficiario activo, a fin de que este no sea excluido de los beneficios de los servicios públicos. Para ello, ambos deberán cumplir una de las siguientes alternativas según la condición de discapacidad.
- Asistir regularmente a los servicios de salud para revisiones periódicas, siempre que la condición de discapacidad severa se lo permita. Los beneficiarios cuya condición de discapacidad severa no les permita asistir a los servicios de salud podrán ser visitados por el equipo técnico.
- Asistir al centro de rehabilitación integral del área, si ha sido referido por las autoridades de salud competentes.
- Acceder a los servicios del sistema educativo, si se trata de menor de edad con discapacidad severa.
- Participar en charlas, cursos y seminarios de orientación psicológica, de salud y de otros, destinados a la atención de la discapacidad, organizados por el Estado en su beneficio y dictados en las áreas cercanas a su residencia o lugar de pago.
- Las corresponsabilidades que se aplicarán al beneficiario las establecerá el equipo técnico al momento de la visita en el sitio.
Incumplimiento de las Corresponsabilidades
Si el Beneficiario o su Representante Legal no cumplen las corresponsabilidad en un período semestral, se genera una acción de acompañamiento familiar. De mantenerse el incumplimiento se evaluará el cambio de Representante Legal.
La Ley N° 39 de 14 de junio de 2012, crea un programa especial de asistencia económica para las Personas con Discapacidad Severa en condición de dependencia y pobreza extrema. El Decreto Ejecutivo 255 del 28 de agosto del 2015 por el cual se crea la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social como unidad adscrita al MInisterio de Desarrollo Social y se define su estructura administrativa institucional. La ley 54 del 8 de noviembre del 2016 que crea el Registro Nacional del Beneficiario y dicta otras disposiciones. La Resolución N.544 del 14 de noviembre de 2016, por medio de la cual se establecen los mecanismos de clasificación y recertificación de los Beneficiarios o potenciales Beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetaria Condicionada como personas en Pobreza o Pobreza Extrema.
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