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Inscripción cuando una persona natural o jurídica le compra un vehículo a un diplomático.

Institución: Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre

Departamento: Registro Único Vehicular Motorizados

Registrar la inscripción obligatoria de vehículos a motor u otra actividad de inscripción relacionada con los vehículos que circulan por las vías públicas en todo el territorio de la República de Panamá, garantizando la eficiencia y transparencia en el trámite.

¿Qué necesito?
  • Formulario P2, de liberación autorizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

  • Pre revisado vehicular.

  • Documento de pre-inscripción del Municipio de Panamá.

  • Certificación de inspección ocular de la DIJ, vigente y donde indique que el vehículo no tiene denuncia.

  • Documento de aduana donde indique que el vehículo se ha vendido libre de impuestos, debidamente sellado.

  • Copia de cédula de la persona natural o jurídica (representante legal) que compra el vehículo o del pasarpote, si es extrajero.

Observación

Todas las copias de los documentos, deben ser cotejadas contra el original.

Si la presentación del trámites junto con los requisitos se hace a través de un tramitador, debe presentar nota de autorización por parte del propietario del vehículo y/o del representante legal de empresa o agencia que representa, según corresponda. Además debe aportar fotocopia de la cédula de identidad personal o certificación de firmas autorizadas.

Base Legal

Resolución AL-06 de 12 de enero de 2016. Gaceta Oficial No. 27958-A, Jueves 28 de enero de 2016.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Este trámite se realiza en todas las Agencias de Registro Único Vehicular a Nivel Nacional.