Departamento: Dirección Nacional del Registro Civil
Es el procedimiento mediante el cual el Registro Civil inscribe una adopción conforme a la Resolución Judicial debidamente ejecutoriada que la ordena. Se reinscribirá inmediatamente el nacimiento en los libros en uso, sin embargo; los padres de mutuo acuerdo, cuando el adoptado es menor de edad, o el propio adoptado, cuando es mayor de edad, podrán solicitar que se mantenga la inscripción original.
Ley 31 de 25 de Julio de 2006. Decreto 3 de 11 de febrero de 2008.
Dirección Nacional de Registro Civil, Avenida Omar Torrijos Herrera, Corregimiento de Ancón, Panamá. Lugar donde se brinda el servicio: Direcciones Regionales. Oficinas Distritales del Registro Civil. Teléfonos: 507-8000 507-8200 507-8900