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Inscripción de matrimonio de Hecho

Institución: Tribunal Electoral

Departamento: Dirección Nacional del Registro Civil

Es cuando, ambas partes solicitan de forma voluntaria al Registro Civil, el reconocimiento de la unión de hecho, para que sea inscrita como matrimonio. Las mismas deben estar legalmente capacitadas para contraer matrimonio, y haber mantenido la unión durante cinco (5) años consecutivos en condiciones de singularidad y estabilidad. Esta unión debe ser probada con la declaración jurada de dos personas honorables y vecinas del lugar donde se ha mantenido la unión, las cuales se rendirán ante los Notarios Públicos del lugar de residencia de los convivientes. Este matrimonio especial surte todos los efectos del matrimonio civil. Igualmente se puede solicitar la inscripción aportando copia autenticada de la resolución motivada y suscrita por autoridad competente, la cual debe estar debidamente ejecutoriada.

¿Qué necesito?
  • Declaración jurada de dos personas honorables y vecinas del lugar donde se ha mantenido la unión, las cuales se rendirán ante los Notarios Públicos del lugar de residencia de los convivientes.

  • Copias de cédula de identidad personal de los convivientes y de los testigos.

  • Llenar la solicitud de inscripción por parte de ambos convivientes.

  • En el caso de haber sido ordenado la inscripción del matrimonio de hecho por autoridad competente, adjuntar copia autenticada y ejecutoriada de la resolución.

  • Certificación de residencia, expedida por el Corregidor del área de residencia.

Observación


Costo del servicio: Gratuito.
 

Dirección y Horario de atención
Dirección

Dirección Nacional de Registro Civil Avenida Omar Torrijos Herrera, Corregimiento de Ancón, Ciudad de Panamá.   Lugar donde se brinda el servicio: En las Direcciones Regionales del Registro Civil.   Teléfonos: 507-8000 507-8200 507-8900