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Licencia Persona Jurídica

Institución: Ministerio de Comercio e Industrias

Departamento: Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá

El Superintendente expedirá la licencia de corredor de seguros persona jurídica, una vez se haya Constituido la Sociedad Corredora de Seguros y se cumplan con los requisitos que se detallan a continuación. Para encontrar mayor información sobre la Constitución de Sociedades Corredoras de Seguros click aqui.

¿Qué necesito?
  • Fianzas de Garantía por B/10,000.00 (Diez Mil Balboas) a favor del Tesoro Nacional Ministerio de Comercio e Industrias.

    Artículo 95 de la Ley 59 de 29 de julio de 1996.

  • Tasa Anual de Doscientos Cincuenta Balboas (B/ 250.00).

    Artículo 33 de la Ley 59 de 29 de julio de 1996.

  • Presentar una copia simple de la escritura, expedida por el Registro Público.

  • Certificado expedido por la Dirección General de Registro Público, donde se haga constar su inscripción en la Sección de Personas Mercantil y el nombre de su representante legal, con su respectiva Junta Directiva.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Área Bancaria, Superintendencia de Seguros y Reaseguros