No causan Derechos de Registro, los siguientes documentos:
Institución: Registro Público de Panamá
Departamento: No causan Derecho de Registro
¿Qué necesito?
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1. Las escrituras de fianzas hipotecario que se otorguen para asegurar el manejo de fondos públicos;
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2. El auto de secuestro o embargo sobre Bienes Muebles, Inmuebles y la Demanda que verse sobres dichos bienes o sobre derechos reales y otras medidas cautelares;
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3. El auto por el cual se declare la quiebra;
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4. Los documentos que se otorguen a favor de La Nación de los Municipio y de las Instituciones de asistencia social, siempre y cuando los mismos aporten resolución del Ministerio de Economía y Finanzas que los exime del pago;
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5. Los títulos expedidos por La Nación;
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6. Los derechos de registro de las cooperativas solo cuando las mismas sean las beneficiarias en la transacción
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7. Los casos expresamente exceptuados en leyes especiales
Dirección y Horario de atención
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Via España calle 67A, Frente a la Clínica Hospital San Fernando, Ciudad de Panamá.
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