Departamento: Trámite para Asegurados
Para la Caja del Seguro Social se considera invalido, al asegurado que, a causa de enfermedad o alteración física o mental, queda incapacitado para procurarse, por medio de un trabajo proporcionado a sus fuerzas, capacidad y formación profesional, una remuneración equivalente por invalidez o de la que habitualmente antes de sobrevenirle la invalidez o de la que habitualmente percibe en la misma región un trabajador sano del mismo sexo y de la capacidad y formación semejantes.
El asegurado que es declarado inválido por la Comisión Médica Calificadora y no reúne los requisitos de 36 cuotas, podrá pedir Indemnización por Invalidez. Será requisito que el asegurado tenga acreditadas no menos de doce (12) meses de cotización, de los cuales por lo menos seis (6) meses deben corresponder al último año anterior a la fecha de la invalidez.
• Que la invalidez sea producida por causa o consecuencia de accidente de trabajo o de enfermedad profesional. • Que el estado de invalidez hubiera sido provocado intencionalmente por el asegurado, o que fuere consecuencia de la Comisión de un delito del que el asegurado sea responsable. • Que la invalidez se produzca después de alcanzar la edad señalada para el derecho a la pensión de vejez. El Departamento de Trabajo Social, notificará al solicitante la Fecha en que deben presentarse a los exámenes médicos.
Los formularios que deben ser presentados pueden ser solicitados en cualquiera de las agencias de la Caja de Seguro Social.
El Departamento de Trabajo Social, notificará al solicitante la fecha en que deben presentarse los exámenes médicos.
Trámite de Jubilados y Pensionados, Edificio los Mosqueteros, Transístmica. Agencia en el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere. Teléfono: Centro de Contactos: 800-0277.