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Pensión por Vejez para los Trabajadores Estacionales Agrícolas y de la Construcción.

Institución: Caja de Seguro Social.

Departamento: Trámite para Asegurados

A partir del año 2008, los empleados del sector agrícola o de la construcción de menor calificación profesional y estabilidad laboral, cuyo historial de contribuciones a la CSS muestre reiteradas bajas como consecuencia de la naturaleza de la actividad que realizan, podrán solicitar se les compute el monto total de salarios sobre los cuales se aportaron cuotas a su favor, en cada año, como si hubiesen sido aportadas en un período de 12 meses, siempre que los salarios realmente aportados no exceda la suma de B/. 3,500 anuales. Esta pensión no tendrá mínimo.

¿Qué necesito?
  • Original y Copia de Carné de Seguro Social

  • Original y copia de la cédula de identidad personal vigente.

  • Ultimo talonario de ficha, si están trabajando.

  • Llenar la solicitud de Prestaciones Económicas a Largo Plazo.

    http://www.css.gob.pa/PENSIONES.pdf

  • Deben contar con la edad de referencia (desde 57 años las mujeres y desde 62 años los hombres).

  • Cuotas entre 120 y menos de 180 aportadas.

  • El salario base será el promedio de los 7 mejores años hasta el 31 de diciembre de 2009.

  • El salario promedio de los 10 mejores años a partir de 1 de enero 2010.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Trámite de Jubilados y Pensionados, Edificio los Mosqueteros, Transístmica.  Agencia en el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.   Teléfono: Centro de Contactos: 800-0277.