El uso correcto de los estacionamientos destinados a las personas con discapacidad está amparado en la Ley 42 del 27 de agosto de 1999 "Por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad". Tienen derecho a utilizar los estacionamientos destinados a las personas con discapacidad: Incapacidad para caminar sin la asistencia de una ayuda técnica u otra persona. Uso de sillas de rueda, Uso de oxígeno portátil, Ceguera Insuficiencias respiratoria severa o cardiaca severas. Severa limitación para caminar debido a condiciones de origen artrítica, neurológica u ortopédica. ¿Qué necesito para obtener este permiso? Acudir a la SENADIS, a la Dirección de Equiparación de Oportunidades y presentar los siguientes requisitos:
Descargar Permiso de Estacionamiento para Personas con Discapacidad
(de no más de 6 meses a la fecha de la solicitud, firmada y sellada por el médico, en hoja membretada). Incluir diagnóstico, tipo de limitación funcional para la marcha y tipo de ayuda técnica que utiliza la persona (bastón, muleta, silla de rueda, etc.
Descargar Formulario para menor de edad
(de no más de 6 meses a la fecha de la solicitud, firmada y sellada por el médico, en hoja membretada). Incluir diagnóstico, tipo de limitación funcional para la marcha y tipo de ayuda técnica que utiliza la persona (bastón, muleta, silla de rueda, etc.
Si realiza el trámite en línea:
Luego que el SENADIS se revisa la solicitud, la persona recibirá un mensaje en su correo informándole que puede ir a retirar personalmente en el SENADIS el permiso de estacionamiento para la persona con discapacidad, debe llevar la solicitud PDF y los documentos que se adjuntaron en la solicitud, si no lleva estos documentos no se le entregara el permiso.
Ave. Williamson Place, La Boca, Ancón, No. 0766