Se considera como establecimiento de interés sanitario a todo local que permanentemente o provisonalmente, sea utilizado con fines de vivienda, comercio, trabajo, industria, enseñanza, recreación, actividades sociales culturales, e incluso aquello destinado a brindar servicios de turismo; los cuales requieren vigilancia y control para mantener condiciones óptimas de saneamiento básico y así preservar la salud de los trabajadores, de los que reciben sus servicios y de la actividad en general. Para obtener el Permiso Sanitario de Operación, el interesado deberá tramitarlo a través del Centro de Salud responsable de mantener el control sanitario del área donde ésta ubicada el establecimiento. Éste permiso tiene vigencia de un año.
Nota Importante:
Una vez el solicitante presente la documentación que se le solicita en la sección de requisitos, se realizará una inspección al establecimiento para confirmar que cumple con los requisitos establecidos.
Decreto Ejecutivo Nº.160 del 13 de octubre de 1998, Gaceta Oficial Nº.23,653 del 16 de octubre de 1998, por el cual se dictan disposiciones sanitarias relacionadas con la expedición de permisos para establecimientos de interés sanitario.
Corregimiento de Ancón, Distrito de Panamá Región Metropolitana de Salud, Departamento de Salud Pública