Es un medio impugnativo que se interpone contra la Resolución Administrativa que resuelve un Contrato y con ello, la Inhabilitación al Contratista. Es una vía que garantiza al contratista la oportunidad de que el Tribunal verifique si hubo incumplimiento contractual y las razones que limitaron la ejecución del objeto contractual. Este recurso se concede en el efecto suspensivo.
La Fianza de Impugnación es un requisito indispensable para impugnar los Actos de Adjudicación dentro de los procesos de Selección de Contratistas, con el fin de que los recursos se formulen con seriedad, consistente en el 15% del valor de la oferta del recurrente.
El Tribunal puede enviar a corregir un Recurso de Impugnación defectuoso dentro de un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que la Secretaría del Tribunal le comunica al recurrente la necesidad de la corrección del recurso.
El único requisito que no admite corrección alguna es la no presentación de la fianza.
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